Wed, 10 Apr 2024 22:31:43 -0500
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22:31 | Lima, abr. 10.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobó la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ascendente a 235,894 millones 603,070 soles.
Así lo determinó a través de la Resolución Directoral Nº 0017-2024-EF/50.01, publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de financiamiento para el año fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes.
Asimismo, se establece que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral, por la Dirección General de Presupuesto Público.
En ese sentido, la norma aprueba la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024 para los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ascendente a la suma de 235,894 millones 603,070 soles, por toda Fuente de Financiamiento.
Los montos aprobados de la PCA por nivel de gobierno y a nivel de pliego se detallan en el Anexo I: Programación de Compromisos Anual correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024, Anexo II: Programación de Compromisos Anual correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024 del Gobierno Nacional.
También en el Anexo III: Programación de Compromisos Anual correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024 de los gobiernos regionales y Anexo IV: Programación de Compromisos Anual correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2024 de los gobiernos locales, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.
La PCA no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados conforme a la normatividad vigente.
Tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a la normatividad vigente.
Los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se financian con cargo a fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de financiamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2024, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
La presente Resolución Directoral y los anexos I, II, III y IV se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma y su Anexo I en el Diario Oficial El Peruano.
La norma lleva la rúbrica del director general de Presupuesto Público, Rodolfo Acuña Namihas.
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