Thu, 21 Mar 2024 16:25:16 -0500
16:25 | Lima, mar. 21.
En casos de emergencia, los establecimientos de salud públicos o privados se encuentran obligados a brindar atención médica sin condicionamiento alguno, como la presentación del DNI, algún pago previo o la suscripción de pagarés, mientras la vida y salud del paciente se encuentre en grave riesgo.
Así lo
indica el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en la Guía para las y los Consumidores en Situaciones de Emergencia en el Perú (
https://shorturl.at/jpG58), elaborada en coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), que es la autoridad competente para promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a dichos servicios.
En ese sentido, si durante una situación de desastre natural o estado de emergencia, como el que se vive en varias regiones debido a las intensas lluvias, los establecimientos de salud o las empresas que gestionen seguros de salud se negaran a brindar atención, los ciudadanos pueden exigir el Libro de Reclamaciones en Salud para presentar sus casos.
Asimismo, de encontrarse disconformes con la respuesta brindada o si existieran demoras en la tramitación de su reclamo, pueden comunicarse y denunciar el hecho ante Susalud, en cualquiera de sus canales de atención:
– Central telefónica: (01) 4333737
– Línea gratuita: 113 anexo 7
– E-mail: atencionalusuario@susalud.gob.pe
– Web: www.gob.pe/susalud
– Chatbot: AVISusalud 960 118 796
– App: SUSALUD Contigo.
La Guía ha sido elaborada por el Indecopi, a través de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y la Dirección de Atención al Ciudadano y Gestión de Oficinas Regionales, en el contexto de la campaña Comando Regional Indecopi, con la finalidad de mantener informados a los ciudadanos del país durante la emergencia climática.
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