Fri, 15 Mar 2024 18:07:55 -0500
18:07 | Lima, mar. 15.
El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundado el pedido de excepción de prescripción de la acción penal formulada por la defensa de Susana Villarán, investigada por los delitos de falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo.
El magistrado Jorge Chávez Tamariz resolvió aplicar el control difuso al plazo de un año respecto a la suspensión de la prescripción de la acción penal, de la Ley 31751, sobre los hechos 11 (delito de falsedad genérica) y 12 (delito de falsa declaración en procedimiento administrativo).
Como se recuerda, los delitos mencionados comprenden la campaña de revocatoria del año 2013 y la campaña de reelección del 2014. Exalcaldesa de Lima afronta proceso penal por delito de organización criminal y otros, en agravio del Estado.
Antecedentes
Como es de conocimiento público, la exalcaldesa
cumple una detención domiciliaria por la investigación que se le sigue ante los
presuntos sobornos que habría recibido por parte de las empresas brasileñas, Odebrecht y OAS.
Así, se habrían cometido presuntos actos de concertación entre exfuncionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima y los representantes de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS, que se habrían realizado entre el 2010 y 2015.
De acuerdo con la acusación fiscal, Susana Villarán habría recibido aportes ilícitos de las constructoras Odebrecht, a través de la concesionaria Rutas de Lima, y OAS por un total de 11.2 millones de dólares, a cambio de beneficios en los contratos que ambas empresas tenían con la municipalidad.
El dinero recibido por las empresas brasileñas habría servido para solventar los gastos en las campañas por el No a la revocatoria de Villarán, así como para la posterior desarrollada para su reelección en el cargo.
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